Código ético

 

OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.

El Código Ético de la Sociedad Cooperativa de C.L.M San Isidro tiene como finalidad establecer los valores que deben conducir el comportamiento de todos sus empleados y miembros del Consejo Rector, y, a la vez, favorecer una conducta empresarial comprometida con los principios de buen gobierno: honestidad, transparencia, eficiencia, creación de valor y gestión sostenible.

Estos principios son de obligado cumplimiento para todos los empleados y miembros del Consejo Rector, siendo éste último el responsable de supervisar y de proponer las acciones correctoras y sanciones que correspondan dentro del ámbito legal correspondiente.

 

PRINCIPIOS.

1.- RESPETO A LAS PERSONAS Y EMPLEADOS. La Cooperativa desarrollará sus actividades con un total respeto hacia los derechos fundamentales de las personas y empleados, basados en las leyes y prácticas internacionales generalmente aceptadas.

2.- RESPETO A LA LEGALIDAD. Estricto cumplimiento de la legalidad vigente en todos los ámbitos y niveles en que se opera, tanto a nivel nacional como internacional

3.- SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. Promover políticas de seguridad y salud en el trabajo, impulsando las medidas preventivas necesarias en cada área de actividad. La misma política se exigirá a los proveedores y colaboradores que realicen trabajos dentro del recinto de la Cooperativa. Es responsabilidad de todos velar por su propia seguridad y por la de los demás.

4.- RESPETO AL MEDIO AMBIENTE. Uso racional de los recursos disponibles. La Cooperativa está comprometida con el respeto y cuidado del medio ambiente a todos los niveles desde la entrada de la materia prima y suministros hasta la salida de los productos y subproductos.

 

5.- PROTECCIÓN DE LOS MEDIOS DE PRODUCCIÓN. Los recursos necesarios para la producción, puestos a disposición de los empleados, deben utilizarse de forma responsable, ordenada y apropiada para la finalidad prevista. Debe evitarse cualquier uso inadecuado que pudiera originar un perjuicio para los intereses de la Cooperativa. La apropiación o sustracción para su uso particular podrá dar lugar a una sanción grave.

6.- LEALTAD A LA EMPRESA. Se deben evitar actividades que puedan originar un conflicto de intereses. No se deben aceptar trabajos externos que puedan afectar al desempeño normal de la actividad. Tampoco se deben mantener inversiones en ningún proveedor o cliente, salvo que informado el Consejo Rector lo apruebe.

7.- RELACIONES CON PROVEEDORES Y CLIENTES. Se deben mantener relaciones estrictamente profesionales. No serán admisibles regalos u obsequios, y en ningún caso ofrecer, conceder, solicitar o aceptar, directa o indirectamente, favores, compensaciones o comisiones de cualquier índole, en metálico o en especie. Ante cualquier situación de esta práctica poco ética que se presente, se deberá informar de inmediato al Presidente del Consejo Rector o a cualquiera de sus miembros.

8.- TRANSPARENCIA. La Cooperativa está comprometida a ofrecer a sus socios, proveedores, clientes y demás sectores económicos relacionados con su actividad, una información clara, veraz y completa, garantizando la mayor exactitud en sus comunicaciones hacia el exterior.

9.- TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN. No se facilitará al exterior, ni se podrá utilizar en beneficio propio, cualquier información considerada confidencial. Se entiende por información confidencial toda aquella generada por la actividad que no ha sido publicada oficialmente, sea cualquiera su naturaleza.

Asimismo se implementarán las medidas técnicas necesarias para garantizar la seguridad de los ficheros automatizados, programas y personas que intervengan en el tratamiento de los datos de carácter personal, de acuerdo con la normativa vigente.

 

Miguel Esteban a 16 de Mayo de 2014

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